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Propiedad intelectual
Una idea no se protege sola. Lo que se protege es la forma concreta que le diste: el nombre, el invento, el diseño, el texto, el código. Cada una tiene su vía, su plazo y su costo.
Marcas
10 años
renovable sin límite
El nombre con el que te conocen es, casi siempre, el activo más valioso que tenés y el más fácil de perder. Registrarlo es lo primero, pero no lo único: hay que elegir bien las clases, redactar el listado de productos y servicios y después sostener el registro en el tiempo.
Lo que más se pasa por alto: entre el quinto y el sexto año desde la concesión hay que presentar la declaración jurada de uso de medio término. Se abre cumplido el quinto año y se cierra al terminar el sexto. Si no se presenta, se presume que la marca no está en uso y queda expuesta a un pedido de caducidad de un tercero.
- Búsqueda de antecedentes antes de presentar
- Solicitud de registro ante el INPI
- Declaración jurada de uso de medio término
- Renovaciones y cambios de titularidad
- Oposiciones propias y contestación de las ajenas
- Vigilancia del Boletín de Marcas
- Transferencias y licencias de uso
- Acciones por caducidad y por nulidad
Patentes y modelos de utilidad
20 y 10 años
por única vez
Si resolviste un problema técnico de una manera nueva, tenés algo patentable. La patente exige novedad, actividad inventiva y aplicación industrial; el modelo de utilidad, que protege la forma nueva de una herramienta o un dispositivo conocido, exige solo novedad y aplicación industrial. Ninguno de los dos se renueva.
Los dos plazos que hacen caer una solicitud: divulgar el invento antes de presentarlo puede costarte la novedad, y el arancel del examen de fondo vence a los dieciocho meses en una patente y a los tres meses en un modelo de utilidad. Si no se paga, la solicitud se considera desistida.
- Evaluación previa de patentabilidad
- Redacción de la memoria y las reivindicaciones
- Presentación y seguimiento ante el INPI
- Pedido de examen de fondo en plazo
- Contestación de vistas y observaciones
- Conversión entre patente y modelo de utilidad
- Acuerdos de confidencialidad previos
- Prioridad del Convenio de París para el exterior
Modelos y diseños industriales
5 años
renovable dos veces
Protege la apariencia, no la función. El modelo es la forma tridimensional —la silueta de un envase, la línea de un mueble— y el diseño es el plano bidimensional, como el dibujo de una tela. Es el registro más rápido y más barato de los tres, y el que más se pasa por alto. Lo que viene impuesto por la función del producto no se registra por esta vía, y el mero cambio de color de algo ya conocido tampoco.
La ventaja que casi nadie usa: en una sola solicitud se pueden incluir hasta veinte modelos o diseños de la misma clase, con una tasa menor que presentarlos por separado. Para una línea de productos, la diferencia de costo es enorme.
- Registro simple o presentación múltiple
- Clasificación según el Arreglo de Locarno
- Preparación de las reproducciones gráficas
- Renovaciones por dos períodos de cinco años
- Depósito tras exhibición en ferias y exposiciones
- Defensa frente a copias e imitaciones
Derechos de autor y software
Toda la vida del autor
y 70 años más
La obra está protegida desde que existe, sin necesidad de registrarla. Pero el registro sirve para probar cuándo y de quién, que es justamente lo que se discute cuando hay conflicto. Ante la Dirección Nacional del Derecho de Autor hay dos vías distintas: la inscripción de la obra publicada, y el depósito en custodia de la obra inédita, que se entrega en sobre cerrado. El software tiene su propio trámite en cada una de las dos, y la DNDA también inscribe contratos, seudónimos y publicaciones periódicas.
Lo que casi nadie sabe: el depósito de obra inédita protege durante tres años y se renueva dentro de los treinta días posteriores al vencimiento. Si no se renueva, la DNDA destruye la obra depositada, según el Decreto 972/2024. Un software guardado en un sobre y olvidado deja de servir como prueba.
- Inscripción de obra publicada
- Depósito en custodia de obra inédita
- Depósito y renovación de software
- Inscripción de contratos ante la DNDA
- Contratos de cesión y de edición
- Obra por encargo y obra colectiva
- Reclamos por uso no autorizado
- Bajadas de contenido en plataformas
Contratos y nombres de dominio
Según lo pactado
De poco sirve tener el registro si el contrato regala lo que el registro protege. Reviso y redacto los acuerdos donde la propiedad intelectual cambia de manos, se licencia o se comparte, y me ocupo del nombre de dominio, que es la pieza que casi siempre queda a nombre de quien armó el sitio y no de la empresa.
Donde más derechos se pierden no es en el registro sino en el contrato. Si encargaste un logo, un sitio o un desarrollo y no firmaste una cesión, la titularidad puede no ser tuya por más que hayas pagado la factura.
- Licencias de uso de marca
- Cesión de derechos y obra por encargo
- Acuerdos de confidencialidad
- Contratos de desarrollo de software
- Registro de dominios ante NIC Argentina
- Recuperación de dominios usurpados
Cómo es el trámite
El camino de una marca, paso por paso
Es el registro más frecuente, así que sirve de referencia. Las otras vías tienen etapas distintas, pero la lógica es la misma: buscar primero, presentar bien y sostener después.
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Búsqueda de antecedentes
Antes de gastar un peso, miramos si el signo está libre en las clases que te interesan. Acá se caen muchos nombres, y es mejor que se caigan ahora.
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Presentación
Se define el tipo de marca, se arma el listado de productos y servicios y se presenta la solicitud ante el INPI.
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Publicación
La solicitud sale en el Boletín de Marcas para que cualquier tercero pueda verla.
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Plazo de oposiciones
Desde la publicación corren treinta días para que otros titulares se opongan. Si aparece una oposición, se abre un plazo de tres meses para llegar a un acuerdo antes de que la resuelva el INPI.
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Examen y concesión
Superado el examen, se concede el registro y se emite el título. Los diez años se cuentan desde ahí.
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Declaración jurada de medio término
Entre el quinto y el sexto año desde la concesión hay que declarar el uso de la marca. Es una obligación breve y fácil de cumplir, y la que más registros deja expuestos por olvido.
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Vigilancia y renovación
El registro no se cuida solo. Hay que revisar el Boletín para detectar signos parecidos a tiempo y renovar antes del vencimiento, declarando que la marca se usó en los últimos cinco años.
¿Empezamos por la búsqueda?
Es el paso más barato y el que más disgustos evita. Contame qué nombre o qué invento tenés en mente y te digo si el camino está despejado.